El pasado 6 de marzo el Ministerio de Hacienda puso en audiencia pública el Proyecto de Orden que se aprueba los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades (IS) y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
El objetivo de este Proyecto de Orden es adecuar los modelos de declaración, tanto el ordinario como el de grupos consolidados, a los cambios normativos.
Si bien el texto no contiene ninguna novedad específica sobre IIC ni Planes y Fondos de Pensiones; los modelos de declaración se ajustan a otras modificaciones de índole más general, a destacar:
- La Ley 13/2023, de 24 de mayo, aprobada en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad que (i) introduce la autoliquidación rectificativa, (ii) modifica el tratamiento del beneficio operativo y (iii) excluye de la no aplicación de la limitación prevista en artículo 120 a los fondos de titulización hipotecaria y determinados fondos de titulización de activos.
- El Real Decreto-ley 8/2023, que extiende para 2024 los gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, previstos en la Ley 38/2022, de 27 de diciembre.
- La Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establece un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global y modifica la LIS.
- Se han introducido otras modificaciones en el Modelo 200, entre ellas, se completa la información requerida relativa al titular real, que deberá ser cumplimentada respecto del titular real persona física de la entidad, conforme a la Ley 10/2010, de 28 de abril, de PBC/FT.
Se prevé que, una vez aprobada, la Orden entre en vigor el 1 de julio de 2025.
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