En marzo de 2025 se inició la tramitación en el Congreso de los Diputados del Proyecto de Ley de acciones colectivas para la protección y defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, con el objetivo de transponer la Directiva (UE) 2020/1828, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2020, relativa a las acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores, y por la que se deroga la Directiva 2009/22/CE (en adelante, la “Directiva (UE) 2020/1828”).
Inicialmente esta transposición se iba realizar en el Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia y de acciones colectivas. No obstante, finalmente la parte referente a las acciones colectivas fue eliminada y el resto del texto se convirtió en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
El nuevo Proyecto de Ley, que actualmente se encuentra en fase de presentación de enmiendas hasta el 4 de junio (si bien es un plazo sujeto a prórroga), mantiene sin cambios la regulación procesal de las acciones colectivas que contenía el Proyecto anterior. En concreto, su Disposición final cuarta modifica la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores para incluir en su artículo 15 la posibilidad de ejercicio por parte de los consumidores y usuarios de acciones colectivas contra las conductas contrarias a la Ley 22/2007.
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