Se ha publicado la Orden ECM/973/2026, de 9 de septiembre, que establece la tipología de los fondos de pensiones para su clasificación en función de su política de inversión, con el objetivo de agrupar fondos con características similares y mejorar su comparabilidad. La clasificación coincide con la que las EGFP vienen utilizando desde el tercer trimestre de 2019 en la documentación estadístico-contable.
La Orden establece criterios de clasificación basados en la política de inversión y clarifica, entre otros, el tratamiento de las inversiones en IIC, activos alternativos y la exposición total. El texto definitivo incorpora propuestas de INVERCO que aportan mayor claridad regulatoria y seguridad jurídica, especialmente en materia de inversiones alternativas, clasificación del fondo y comisiones máximas aplicables por categoría.
La Orden entrará en vigor el 2 de enero de 2027. La categoría deberá incorporarse en el documento de datos fundamentales, las normas de funcionamiento y la declaración de principios de la política de inversión antes del 1 de abril de 2027; además, deberá indicarse en la información correspondiente al cuarto trimestre de 2026, a remitir antes del 10 de febrero de 2027.
Para más detalle, puede acceder a la comunicación completa a través del enlace directo al área privada de nuestro gestor documental[1].
[1] Si tu entidad está asociada a INVERCO y tienes alguna incidencia de acceso, puedes contactar con nosotros escribiendo a documentacion@inverco.es.