Se ha publicado en el Reglamento Delegado (UE) 2026/825, que desarrolla MiFID II y concreta los criterios para establecer y evaluar las políticas de mejor ejecución de órdenes de las empresas de servicios de inversión.
El Reglamento regula el contenido de estas políticas, la selección de los centros de ejecución y la evaluación periódica de su eficacia.
Asimismo, deroga los RTS 27 y 28, relativos, respectivamente, a la publicación de información sobre la calidad de ejecución de los centros y sobre los cinco principales centros de ejecución utilizados. Esta derogación responde a la supresión, a través de la Directiva (UE) 2024/790, de la obligación de publicar determinados informes públicos que se consideraban poco utilizados y de limitada utilidad para los inversores.
Para más detalle, puede acceder a la comunicación completa a través del enlace directo al área privada de nuestro gestor documental[1].
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