ESMA ha retirado las Directrices de datos de mercado de 2021 relativas a las obligaciones de MiFID II y MiFIR en materia de datos de mercado. Esto se hace porque el Reglamento Delegado (UE) 2025/1156 ya abarca el contenido material de dichas Directrices positivizando criterios relativos al cálculo de costes, la determinación de un margen razonable, las posibles diferencias en las tarifas, las cláusulas contractuales, el acceso a datos diferidos y las obligaciones de información frente a las autoridades competentes.
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