Novedades de Fiscal

El Ministerio de Hacienda publicó una consulta pública previa sobre el desarrollo reglamentario para la transposición al derecho español de la Directiva (UE) 2023/2226 del Consejo, de 17 de octubre de 2023, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad (conocida como “DAC 8”).

En septiembre de 2024, el Ministerio de Hacienda sometió a trámite de audiencia pública un Anteproyecto de Ley que modifica la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) iniciando así el proceso de transposición de la DAC 8. Hasta la fecha, dicho Anteproyecto aún no ha sido aprobado como Proyecto de Ley por el Consejo de ministros.

Sin perjuicio de los cambios que pueda sufrir el Anteproyecto en su tramitación parlamentaria, la transposición completa de la DAC 8 requiere, además de las modificaciones legales mencionadas, la elaboración de una norma con rango reglamentario que desarrolle el citado Anteproyecto para:

  • Desarrollar las nuevas obligaciones de registro, diligencia debida y comunicación de información de determinados proveedores de servicios de criptoactivos y operadores de criptoactivos, conforme al “Crypto-Asset Reporting Framework” de la OCDE y a la DAC 8. Ello requerirá la aprobación de nuevas disposiciones dentro del real decreto que se proyecte, así como la modificación de algunas disposiciones del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio (en adelante, RGAT), y
  • Ampliar y adaptar las obligaciones ya existentes de comunicación de información sobre cuentas financieras, derivadas de la actualización del CRS de la OCDE y que afectan a las obligaciones introducidas inicialmente por la DAC 2. Ello requerirá la modificación del Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua (en adelante, RD 1021/2015).

Adicionalmente, la norma reglamentaria tiene como objetivo efectuar otras modificaciones derivadas de las adaptaciones normativas complementarias introducidas por el Anteproyecto (por ejemplo, el desarrollo del procedimiento de embargo de criptoactivos).