Nuevo Reglamento europeo sobre inversiones extranjeras

Se ha publicado en el DOUE el Reglamento (UE) 2026/1386, de 17 de junio de 2026, que deroga y sustituye al Reglamento (UE) 2019/452 sobre el control de las inversiones extranjeras en la Unión por motivos de seguridad y orden público. Este último dio lugar en España a la reforma de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales y al desarrollo reglamentario mediante el Real Decreto 571/2023, de 4 de julio, sobre inversiones exteriores cuya aplicación práctica fue objeto de una Guía elaborada por INVERCO dirigida a las SGIIC y EGFP.

El nuevo Reglamento supone el paso de un modelo basado principalmente en la coordinación entre los Estados miembros a otro de armonización mínima obligatoria, al exigir que todos ellos dispongan de un mecanismo nacional de control con unos requisitos mínimos comunes. Asimismo, amplía el ámbito de las inversiones sujetas a control, armoniza determinados aspectos procedimentales, refuerza el papel de la Comisión Europea y la cooperación entre los Estados miembros, e incorpora la posibilidad de revisar determinadas inversiones ya ejecutadas.

El Reglamento será directamente aplicable a partir del 17de enero de 2028, salvo determinadas disposiciones que serán aplicables desde el 16 de julio de 2026. INVERCO realizará un seguimiento de las posibles adaptaciones de la normativa española que puedan derivarse de este nuevo marco.

Para más detalle, puede acceder a la comunicación completa a través del enlace directo al área privada de nuestro gestor documental[1].


[1] Si tu entidad está asociada a INVERCO y tienes alguna incidencia de acceso, puedes contactar con nosotros escribiendo a documentacion@inverco.es.