ESMA aclara el alcance de la obligación de publicar un white paper en ofertas de criptoactivos

ESMA ha aclarado en su Q&A que los oferentes de criptoactivos que puedan acogerse a las exenciones previstas en los artículos 4(2) y 4(3) del Reglamento MiCA no están obligados a elaborar un white paper cuando los criptoactivos únicamente vayan a ser admitidos a negociación en plataformas de negociación situadas fuera de la Unión Europea.

La interpretación parte de que la obligación de elaborar un white paper vinculada a la admisión a negociación se refiere exclusivamente a plataformas operadas por proveedores de servicios de criptoactivos establecidos en la UE. Asimismo, se recuerda que los servicios prestados de forma totalmente descentralizada quedan fuera del ámbito de aplicación de MiCA, si bien la determinación de cuándo existe una descentralización plena deberá realizarse caso por caso por las autoridades competentes.


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